viernes, 18 de enero de 2013

REDUCCION DE JORNADA POR GUARDA LEGAL



En la reducción de jornada por guarda legal, ¿se reducen también los pluses y complementos?


PREGUNTA: 
Una trabajadora nos ha solicitado la reducción de jornada por guarda legal por cuidado de hijos. A la hora de reducirle el sueldo, ¿se reduce también el complemento de antigüedad?

RESPUESTA: Lo primero que deben hacer es consultar su convenio colectivo, por si dispone algo al respecto. Si no dice nada, en caso de reducción de jornada por guarda legal se debe reducir proporcionalmente el salario del trabajador. Y esto significa que aunque el trabajador sigue teniendo derecho a percibir todas las retribuciones inherentes a su puesto de trabajo, dichas retribuciones deben reducirse en la misma proporción que la reducción de la jornada de trabajo (las únicas excepciones son las que pueda marcar el convenio colectivo o bien cuando se trate de complementos extrasalariales que se devengan por día efectivamente trabajado, como puede ser el plus de desplazamiento o plus transporte).

En el caso concreto del complemento de antigüedad, su empresa deberá reducir proporcionalmente su cuantía en función del porcentaje de reducción que haya solicitado su empleada, a salvo de lo que pueda disponer su convenio colectivo.

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